Acabo de leer esto y me ha dejado acojonado. Como sea cierto se acabo el chollo de pillar piezas en Asia y EEUU:
Hasta ahora, no pagaban impuestos los pedidos por valor igual o inferior a 150€. Desde este mes, el límite baja a 22€, lo que teniendo en cuenta que ese importe incluye los gastos de envío, equivale a no poder comprar nada.
Por suerte los paises de la unión europea no está sujetos a aduanas, con lo que se puede aprovechar para comprar a nuestros vecinos de moneda como Francia o Alemania, o mejor aún, aprovechar las divisas que nos son favorables como en el caso de UK y su libra. Pero adios a las compras en EEUU, China y demás sin que nos metan un palo tan increible que no salga rentable (no solo no se paga el IVA de lo importardo, sino diversos gastos de tramitación y aranceles que son el verdadero atraco).
Otro punto a tener en cuenta son los gastos de tramitación de aduanas de las empresas privadas. Agencias de mensajería como DHL, UPS, etc, automaticamente paran y gestionan todos casi los paquetes para cobrar 20€ extras por dicha tramitación aduanera. Desde el año pasado los paquetes de Correos que historicamente no sufrían dicha práctica al ser una empresa pública, son gestionados por la empresa privada subcontratada a tal efecto "Speedtrans", la cual cobra 17€ por la gestión. Si bien no para todos los páquetes, el problema es que ya no se puede tramitar uno mismo como hasta ahora la gestión aduanera enviando un fax a aduanas con la documentación requerida, sino que hay que pagar a esta empresa (aunque el valor declarado fuese inferior a los 22€), o personarse uno mismo en las oficinas aduaneras para realizar la gestión con los problemas que ocasiona de perdida de tiempo en transporte y esperas en largas cola.
En cualquier caso, ahora paran sobre seguro, ya que paquete que paren paquete que casi seguro pasa de 22€, por lo que pararán más para que su trabajo de intermediación reporte el máximo beneficio, lo cual significa además recaudar más impuestos, que es lo que pretende la ley.
1. Ley ya vigente de los 22€. Página 7 del BOE, 2-marzo-2010 para quien le interese ->
Cuatro. Se modifica el artículo 34, que queda redactado de la siguiente forma:
«Artículo 34. Importaciones de bienes de escaso valor.
Estarán exentas del Impuesto las importaciones de bienes cuyo valor global no
exceda de 22 euros.
Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo anterior:
1.º Los productos alcohólicos comprendidos en los códigos NC 22.03 a 22.08
del Arancel Aduanero.
2.º Los perfumes y aguas de colonia.
3.º El tabaco en rama o manufacturado.»