Bueno... en fin...
El tema de matriculas y todas esas cosas, para el que sepa, no tiene ningun tipo de competencia ninguna comunidad autonoma (ni cataluña, ni san pedro!!!). Eso todo lo mueve la direccion general de trafico a nivel NACIONAL. El tema de sanciones y otro tipo de normativas, pueden tener competencia, tanto las comunidades como los municipios.
La placa de matrícula de dimensiones reducidas está homologada y se puede utilizar en la parte delantera de los turismos. Apuesto a que en un futuro no muy lejano será obligatoria o al menos a elegir. De hecho está en las manos del fabricante del vehículo que sea esta la que se instale dado que la ley dice que se podrá utilizar en caso de que por construcción no se pueda utilizar la otra. Es decir que si nuestra preparación tuning no acepta la instalación de la placa delantera grande será legal que instalemos la susodicha placa.
La placa de matrícula de dimensiones reducidas (340 mm x 110 mm), está homologada en España conforme a los preceptos exigidos por el Reglamento General de Vehículos.
Su colocación está autorizada conforme al artículo 25 de este mismo reglamento que establece que la placa será conforme a lo que se establece en el anexo XVIII, modificado por la Orden de 15 de septiembre de 2000. En el apartado III de este anexo XVIII dice literalmente:
"Los automóviles, excepto las motocicletas, deberán llevar dos placas de matrícula, de forma plana y rectangular. Una se colocará en la parte delantera de manera que su eje vertical está situado en el plano longitudinal mediano del vehículo; y otra, en la parte posterior, que se colocará de manera que su eje vertical está situado en aquel plano, y si no fuese posible, en el lado izquierdo del vehículo. "
En el apartado IV de este mismo anexo se definen todas las placas, con sus dimensiones:
- Ordinaria larga (520 x 110 mm)
- Ordinaria alta (340 x 220 mm)
- Ordinaria larga delantera (340 x 110 mm)
Y dice que las dos primeras, ordinaria larga y ordinaria alta, son para los automóviles a excepción de las motocicletas y que la ordinaria larga delantera es"Para vehículos de categoría M1 que, por construcción, el emplazamiento para la placa de matrícula delantera no permite la colocación de la placa ordinaria larga". Los vehículos de categoría M1 son los vehículos destinados al transporte de personas con 9 plazas como máximo.
Por lo tanto la instalación de la placa ordinaria larga delantera (la pequeña) en un vehículo está supeditada a que haya alguna razón que impida la instalación de la ordinaria larga (la normal). Recomendamos no instalarla a no ser que esté plenamente justificado. Y en la parte trasera ni hablar.
Algunos coches americanos que circulan por nuestras carreteras la montan hasta en la parte trasera, porque no les queda más remedio. Pero no podemos pensar que porque existan algunas excepciones nos podemos saltar la norma.
En el mundo del tuning la imaginación es lo más importante y no podemos pensar que nuestro coche está incompleto porque llevemos la matrícula grande. De hecho la matrícula es el primer punto de personalización de nuestro coche, cada una es distinta. Si queremos que nuestro parachoques esté completamente limpio la podemos llevar con un sistema escamoteable o desmontable. Puede que sea más valorado y admirado que el haber utilizado un formato menos habitual. También tiene bastante mérito ir sin ella o llevarla con cinta adhesiva en el cristal, aunque nos podamos ver en un aprieto.
Cuales son las razones por las cuales podemos montar una matrícula de dimensiones reducidas en la parte delantera:
- Porque las formas del paragolpes no dejan una superficie plana suficiente.
- Porque al ir colocada sobre la rejilla no permitimos suficiente ventilación.
- Porque el hueco practicado en el paragolpes no es suficiente para la grande.
- Porque, dado el origen del vehículo, la caja de la matrícula es reducida.
A continuación vamos a hablar de la colocación de las matrículas.
La posición, como ya hemos leído en el reglamento, ha de ser centrada. Aunque podremos ponerla a la izquierda (lado del conductor) tanto delante como atrás si la geometría del paragolpes o la existencia de una doble puerta o de una entrada de aire nos impida ponerla centrada.
La otra coordenada es la altura. En principio no hay una rigidez extrema en la altura de colocación de las placas, a excepción de que la altura a la que debe ir la placa trasera tiene que ser superior a 30 centímetros del suelo, aunque si está a 25 ya se puede considerar que está correcta.
O sea que las placas de matrícula tienen que ser grandes y no llevarlas a ras de suelo. En algún caso excepcional se puede llevar pequeña y en algún otro se puede llevar en el lateral. Espero que no os haya aburrido el tema y si algunos la tienen pequeña es porque otros la tienen grande, cosa de la naturaleza.
Espero que haya quedado claro.