Lo mas importante es esto:
1. El Servei Català de Trànsit NO considera infracción el negarse a pagar un peaje, ya que no está contemplado en el RGC.
Para que lo sepáis, en el resto de españa, si que está contemplado. Como muchos sabéis yo me salto absolutamente todos los peajes en cataluña, no pago ni uno. Bajo mi punto de vista es una estafa, y no pienso pagar.
Pero en el resto de España, si que está contemplado como infracción. Es más, hay peajes con cámaras que te echan foto si te saltas el peaje, pero fuera de Cataluña. Lo comprobé porque en la primera quedada nacional, me salté el peaje de Alfajarín, y me llegó la correspondiente sanción de 60€ (30€ con descuento) al cabo de 2-3 meses.
Y en la infracción está recogida en el artículo 144 de la ley de tráfico, mas concretamente la sección B, que dice así:
"b. Barrera o semibarrera móviles: prohibe temporalmente el paso, mientras se encuentre en posición transversal a la calzada en un paso a nivel, puesto de peaje o de aduana, acceso a un establecimiento, u otros."
Pero en cataluña, no está recogida, por lo que no incumples ninguna normativa de tráfico. Eso no hace que sea legal, simplemente no incumples ninguna normativa de tráfico, así que no te pueden quitar puntos, ni multarte.
Pero si estás cometiendo parcialmente una Estafa, como la de no pagar en el metro, bus, etc... Pero actualmente ACESA no ha puesto medios para sancionar en Cataluña a los "infractores".
Si salís de cataluña tened cuidado.. xDD