Infracciones MUY GRAVES
* Alcoholemia igual o superior a 0,50 mg/l o 0,30 mg/l (noveles y profesionales): 6 puntos, 500 euros
* Alcoholemia igual o superior a 0,25 mg/l (0,15 a 0,30 noveles y profesionales): 4 puntos, 500 euros
* Negarse a hacer prueba de alcoholemia: 6 puntos, 500 euros
* Conducir drogado, o de forma temeraria, en sentido contrario o correr ilegalmente: 6 puntos, 500 euros
* Exceder más del 50% del tiempo reglamentario para transportistas: 6 puntos, 500 euros
* Conducir sin autorización administrativa: 4 puntos, 500 euros
* Circular con un vehículo que incumpla características técnicas mínimas o sin autorización: 500 euros
* Alterar el tacógrafo o limitador de velocidad (profesionales): 6 puntos, 500 euros
* Utilizar inhibidores o detectores de radar: 6 puntos, 6.000 euros. Los avisadores que NO detectan los radares siguen siendo legales, pero los detectores que SI lo hacen no son legales
Telefono manos libres
Infracciones GRAVES
* Saltarse un CEDA, STOP o semáforo en rojo: 4 puntos, 200 euros
* Adelantamientos indebidos o peligrosos: 4 puntos, 200 euros
* Circular marcha atrás en autovía o autopista: 4 puntos, 200 euros
* Desobedecer las señales de un agente de tráfico: 4 puntos, 200 euros
* Arrojar a la vía objetos que puedan causar accidentes, incendios u obstaculizar la circulación: 4 puntos, 200 euros
* No respetar la distancia de seguridad: 4 puntos, 200 euros
* Cambio de sentido prohibido: 3 puntos, 200 euros
* Utilizar el móvil con la mano, programar el navegador, usar cascos, auriculares u otros dispositivos distractores: 3 puntos, 200 euros
* No hacer uso del cinturón, SRI o casco: 3 puntos, 200 euros
* Parar o estacionar en carril bus, curvas, cambios de rasante, zonas de estacionamiento para minusválidos, túneles, pasos inferiores, intersecciones o lugares peligrosos: 200 euros
* Circular sin el alumbrado obligatorio (p.ej. luces de posición sin las de cruce): 200 euros
* Llevar a un menor de 12 años en ciclomotor o motocicleta: 200 euros
* Ocupación excesiva del vehículo (más del 50% de las plazas, incluyendo conductor): 200 euros
* Circular con el permiso de circulación suspendido: 200 euros
Infracciones LEVES
* Cualquier otra que no esté calificada como GRAVE o MUY GRAVES: hasta 100 euros
* No utilizar reflectantes en bicicletas en condiciones de baja luminosidad: hasta 100 euros
Velocidades y multas por exceso de velocidad
Esta tabla rige tal cual en tramos de control de velocidad (radar de tramo), mientras que los cinemómetros dejarán un margen del 3-10% dependiendo de su homologación. Es decir, en zona 120, en el mejor caso, nos “dejan” ir a 132 km/h sin una multa de 100 euros. Los delitos por exceso de velocidad no cambian.
En cuanto a las “ayuditas”:
* Avisadores de radar: Si están basados en información almacenada con anterioridad, de dominio público, son legales
* Detectores de radar: Si son capaces de detectar la presencia de un radar móvil o fijo, son ilegales
* Inhibidores de radar: Directamente ilegales